Cuánto es la indemnización por despido improcedente
Cuando un despido se declara improcedente, la empresa debe elegir entre readmitirte o pagarte una indemnización de 33 días de salario por cada año trabajado. Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses y el total no puede pasar de 24 mensualidades (art. 56 del Estatuto de los Trabajadores). Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo anterior a esa fecha se calcula a 45 días por año, con reglas de tope propias.
La calculadora que tienes justo debajo aplica las dos fórmulas y te dice cuántos días de salario y cuántas mensualidades suponen. Funciona en tu navegador: los datos que escribes no se envían a ningún servidor. El resultado es bruto y orientativo; la cifra definitiva depende de tu salario real, de tu antigüedad y de lo que decida un juez o pacten las partes.
Actualizado a 30 de octubre de 2026: la fórmula no ha cambiado. El Gobierno defiende subir estas indemnizaciones y el Consejo de Europa pidió en junio de 2026 a España que las haga más disuasorias, pero no hay ninguna ley aprobada. Si eso cambia, esta página se actualizará.
Cómo usar la calculadora de indemnización por despido improcedente
Calculadora de indemnización por despido improcedente
33 días de salario por año trabajado, con las reglas de los contratos anteriores a 2012. Todo se calcula en tu navegador: no enviamos ni guardamos nada.
Solo necesitas tres datos, que puedes sacar de tu nómina y de tu contrato:
- Salario bruto. Escríbelo y elige si es anual, mensual en 12 pagas (con las extras ya prorrateadas) o mensual en 14 pagas (con las dos extras aparte). La calculadora lo convierte en salario anual. Incluye las pagas extra y los conceptos variables que cobres de forma habitual, como comisiones, pluses o antigüedad, y deja fuera dietas y gastos.
- Fecha de alta. El día en que empezó tu relación laboral con la empresa. Si encadenaste varios contratos seguidos, mira el apartado sobre antigüedad más abajo.
- Fecha del despido. El último día de contrato, es decir, cuándo surte efecto la extinción.
Al calcular verás la indemnización bruta, los días de salario y las mensualidades que supone, y un desglose con el salario diario, el tramo de cada periodo y el tope que se ha aplicado. Si cambias un dato, el resultado se recalcula solo.
Qué no hace esta calculadora:
- No sirve para despidos anteriores al 12 de febrero de 2012, que se rigen por otras reglas.
- No calcula el finiquito (salario pendiente, vacaciones y pagas extra), que es un pago aparte. Para eso tienes la calculadora de finiquito.
- No calcula los salarios de tramitación, que solo existen si la empresa te readmite.
- No aplica mejoras de convenio ni pactos individuales que den más de lo que marca la ley.
- Si te han despedido por causas objetivas, la indemnización es de 20 días por año: usa la calculadora de despido objetivo.
Fórmula: 33 días por año y tope de 24 mensualidades
El art. 56.1 del Estatuto de los Trabajadores fija la indemnización por despido improcedente en 33 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. Con un contrato firmado a partir del 12 de febrero de 2012 el cálculo se hace en tres pasos:
- Salario diario = salario bruto anual ÷ 365.
- Días de indemnización = 33 × años de antigüedad. Los meses sueltos cuentan como fracción de año (meses ÷ 12) y los días sueltos como fracción de mes (días ÷ 30).
- Indemnización = días de indemnización × salario diario, con el límite de 24 mensualidades (24 × salario anual ÷ 12, es decir, el doble del salario anual).
Por ejemplo, con 3 años y 6 meses de antigüedad tienes 33 × 3,5 = 115,5 días de salario.
¿Cuándo se llega al tope de 24 mensualidades?
Los 33 días por año dan 24 mensualidades a partir de unos 22 años de antigüedad. Como los 33 días por año solo rigen para el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012, ni siquiera un contrato firmado ese día alcanzaría el tope antes de 2034. Hoy, por tanto, solo lo alcanzan los trabajadores con contratos anteriores a esa fecha, que tienen un cálculo propio que explicamos en el siguiente apartado.
¿Quién decide entre indemnizar y readmitir?
La indemnización solo se paga si la empresa opta por ella. Tras una sentencia que declara el despido improcedente, la empresa tiene cinco días para elegir entre readmitirte o indemnizarte, y si no elige se entiende que opta por la readmisión. Si eres representante de los trabajadores o delegado sindical, la opción es tuya. La indemnización extingue el contrato en la fecha del cese efectivo.
Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012: 45 y 33 días por año
La reforma laboral de 2012 bajó la indemnización de 45 a 33 días por año, pero no se aplicó con efectos retroactivos. Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, tu indemnización se calcula en dos tramos (disposición transitoria quinta de la Ley 3/2012):
- Tramo 1: 45 días de salario por año por el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012.
- Tramo 2: 33 días de salario por año por el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012 hasta el despido.
En los dos tramos se prorratean por meses los periodos inferiores a un año.
Los topes dependen del tramo 1
El tope general de estos contratos es de 720 días de salario. Pero si el tramo 1 por sí solo supera esos 720 días (unos 16 años de antigüedad antes de 2012), se mantiene ese resultado como máximo, sin que pueda pasar de 42 mensualidades.
| Situación | Cómo se calcula | Tope |
|---|---|---|
| Tramo 1 de 720 días o menos | Se suman el tramo 1 y el tramo 2 | 720 días de salario |
| Tramo 1 de más de 720 días | Solo cuenta el tramo 1; el tramo 2 no se suma | 42 mensualidades |
Un criterio que cambió en los tribunales
Hasta 2016, una sentencia del Tribunal Supremo de 29 de septiembre de 2014 (rec. 3065/2013) permitía sumar los dos tramos hasta las 42 mensualidades cuando el tramo 1 superaba los 720 días. El Supremo cambió de criterio en su sentencia de 18 de febrero de 2016 (rec. 3257/2014): si el tramo 1 supera los 720 días, la indemnización es ese tramo 1 y no se le suma el posterior. Es el criterio que aplica esta calculadora. Si tu caso está en ese supuesto, la diferencia entre ambos métodos puede ser de decenas de miles de euros, así que conviene que lo revise un abogado laboralista.
Para que los topes sean coherentes, la calculadora aplica cada límite en la unidad en que lo dice la norma: los 720 días se multiplican por el salario diario (salario anual ÷ 365) y las 24 y 42 mensualidades por el salario mensual (salario anual ÷ 12).
Qué salario y qué antigüedad se usan
El salario
La indemnización se calcula con el salario que cobras de verdad en el momento del despido, no solo con el salario base del contrato. En la práctica el salario diario puede incluir las pagas extra y los complementos habituales. Entran, por ejemplo:
- El salario base y los complementos salariales fijos (antigüedad, puesto, convenio).
- Las dos pagas extra, prorrateadas si no las cobras en las 12 nóminas.
- Los conceptos variables que cobras de forma regular, como comisiones, incentivos o horas extra habituales.
No entran los conceptos extrasalariales, como las dietas, los gastos que te reembolsa la empresa o las prestaciones de la Seguridad Social. Para los variables, una forma práctica de aproximarlos es sumar lo cobrado en los últimos 12 meses y repartirlo; un abogado puede decidir qué periodo conviene usar en tu caso.
La calculadora convierte el salario en anual y lo divide entre 365 para obtener el salario diario.
La antigüedad
La antigüedad es el tiempo transcurrido entre tu fecha de alta y la fecha del despido, incluidos ambos días. La calculadora la mide en años, meses y días completos. Los meses sueltos pasan a fracción de año y los días sueltos, a fracción de mes (días ÷ 30).
El Estatuto dice que los periodos inferiores a un año se prorratean por meses. Algunas empresas y gestorías cuentan cada mes empezado como un mes completo, por lo que tu cifra puede diferir ligeramente de la que te ofrezca la empresa si tu antigüedad incluye días sueltos.
Si encadenaste varios contratos temporales con la misma empresa, la antigüedad que cuenta puede ser la de toda la relación y no la del último contrato. En ese caso, indica como fecha de alta la del primer contrato y consulta tu caso con un profesional, porque depende de las interrupciones y de las circunstancias.
Ejemplos resueltos de indemnización por despido improcedente
Cuatro casos con las fórmulas de los apartados anteriores. Todos los importes son brutos, el salario diario es el salario anual ÷ 365 y el despido se produce el 31 de octubre de 2026. Los números salen de la misma lógica que usa la calculadora.
Ejemplo 1: contrato posterior a 2012 y antigüedad corta
Datos: 22.000 € brutos al año, alta el 1 de marzo de 2023.
- Antigüedad: 3 años y 8 meses (3,6667 años).
- Salario diario: 22.000 ÷ 365 = 60,27 €.
- Días de indemnización: 33 × 3,6667 = 121 días.
- Indemnización: 121 × 60,27 = 7.293,15 € (3,98 mensualidades). Queda lejos del tope de 24 mensualidades (44.000 €).
Ejemplo 2: contrato anterior a 2012 con los dos tramos y tope de 720 días
Datos: 36.000 € brutos al año, alta el 1 de septiembre de 2005.
- Salario diario: 36.000 ÷ 365 = 98,63 €.
- Tramo 1 (hasta el 11-02-2012): 6 años, 5 meses y 11 días (6,4472 años). 45 × 6,4472 = 290,13 días, que son 28.615,07 €. Como no pasa de 720 días, se suma el tramo 2.
- Tramo 2 (desde el 12-02-2012): 14 años, 8 meses y 20 días (14,7222 años). 33 × 14,7222 = 485,83 días, que son 47.917,81 €.
- Suma de los dos tramos: 76.532,88 €. Supera el tope de 720 días (720 × 98,63 = 71.013,70 €).
- Indemnización: 71.013,70 € (23,67 mensualidades).
Ejemplo 3: el tramo anterior a 2012 supera los 720 días
Datos: 40.000 € brutos al año, alta el 1 de enero de 1990.
- Salario diario: 40.000 ÷ 365 = 109,59 €.
- Tramo 1: 22 años, 1 mes y 11 días (22,1139 años). 45 × 22,1139 = 995,12 días, que son 109.054,79 €. Como pasa de 720 días, ese es el importe y no se suma el tramo 2 (que serían otros 53.242,01 €).
- El tope de 42 mensualidades (140.000 €) no se alcanza.
- Indemnización: 109.054,79 € (32,72 mensualidades).
- Con el criterio anterior a 2016, que sumaba los dos tramos, el resultado habría sido 140.000 € (el tope), es decir, 30.945,21 € más.
Ejemplo 4: antigüedad con meses sueltos
Datos: 30.000 € brutos al año, alta el 1 de junio de 2021.
- Antigüedad: 5 años y 5 meses (5,4167 años).
- Salario diario: 30.000 ÷ 365 = 82,19 €.
- Días de indemnización: 33 × 5,4167 = 178,75 días.
- Indemnización: 178,75 × 82,19 = 14.691,78 € (5,88 mensualidades).
Resumen comparado
| Ejemplo | Salario anual | Reglas aplicadas | Días de salario | Indemnización |
|---|---|---|---|---|
| 1. Contrato de 2023 | 22.000 € | 33 días por año | 121 | 7.293,15 € |
| 2. Contrato de 2005 | 36.000 € | 45 + 33 días, tope de 720 días | 720 | 71.013,70 € |
| 3. Contrato de 1990 | 40.000 € | Solo 45 días (tramo 1) | 995,12 | 109.054,79 € |
| 4. Contrato de 2021 | 30.000 € | 33 días por año | 178,75 | 14.691,78 € |
Qué más te corresponde además de la indemnización
La indemnización por despido improcedente no es lo único que debe pagarte la empresa. Hay otros conceptos que conviene no confundir:
- El finiquito. Es un pago distinto e independiente: los días trabajados y no cobrados, las vacaciones que no has disfrutado y la parte proporcional de las pagas extra. Se cobra siempre, además de la indemnización. Para calcularlo, usa la calculadora de finiquito.
- Los salarios de tramitación. Son los salarios que dejas de cobrar desde el despido hasta la sentencia que lo declara improcedente. Solo se generan si la empresa opta por readmitirte (o si eres representante de los trabajadores). Si encontraste otro empleo antes de la sentencia, se descuenta lo que cobraste en él, siempre que la empresa lo pruebe. Estos salarios no tienen el tope de 24 mensualidades.
- La readmisión. Si la empresa te readmite, vuelves a tu puesto en las mismas condiciones y no cobras indemnización. En la práctica es menos frecuente que la indemnización.
- La prestación por desempleo. La gestiona el SEPE y se solicita aparte, siempre que cumplas los requisitos. Cobrar la indemnización por despido no te impide pedirla, y conviene hacerlo cuanto antes porque hay plazos.
Cuándo un despido es improcedente y cómo reclamar
Procedente, improcedente o nulo
Un despido disciplinario puede calificarse de tres formas (art. 55 del Estatuto de los Trabajadores):
| Calificación | Cuándo | Qué cobras |
|---|---|---|
| Procedente | La empresa acredita el incumplimiento que alega en la carta | Sin indemnización ni salarios de tramitación |
| Improcedente | No se acredita ese incumplimiento, o la carta no cumple los requisitos de forma | 33 días por año, o readmisión con salarios de tramitación |
| Nulo | Hay discriminación, se vulneran derechos fundamentales o se despide en situaciones protegidas, como el embarazo | Readmisión inmediata y salarios dejados de percibir |
La carta de despido debe ser escrita y expresar los hechos que lo motivan y la fecha en que surte efectos. Si no lo hace, el despido es improcedente aunque los hechos fueran reales. Por eso conviene leer la carta con calma antes de firmar nada.
Cómo reclamar paso a paso
- Guarda la carta y la documentación. Nóminas, contrato y cualquier mensaje o correo relacionado con el despido.
- Firma «no conforme» el recibo de la carta si no estás de acuerdo, para dejar constancia de ello.
- Cuenta el plazo. Tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido para impugnarlo (art. 59.3 ET). Es un plazo de caducidad: si lo dejas pasar, pierdes el derecho a reclamar.
- Presenta la papeleta de conciliación en el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. Presentarla suspende el plazo. En el acto de conciliación la empresa puede reconocer la improcedencia y pagarte la indemnización sin llegar a juicio.
- Si no hay acuerdo, presenta la demanda en el juzgado de lo social. Es habitual hacerlo con ayuda de un abogado laboralista o de un sindicato.
También puedes reclamar por separado las cantidades que no te hayan pagado, como el finiquito, durante un año desde que pudieron exigirse (art. 59.1 ET).
Tributación de la indemnización por despido improcedente
La indemnización por despido está exenta de IRPF solo hasta la cuantía mínima que fija el Estatuto de los Trabajadores para ese tipo de despido, con un límite de 180.000 euros (art. 7.e de la Ley del IRPF). En un despido improcedente, ese mínimo es la indemnización de 33 días por año (o la que corresponda a tu contrato si es anterior a 2012), con el tope que acabamos de ver. Las cantidades de los cuatro ejemplos anteriores coinciden con ese mínimo y, por tanto, estarían exentas.
Si la empresa te paga más que el mínimo legal, la diferencia tributa como rendimiento del trabajo, aunque puede beneficiarse de una reducción del 30 % cuando se considera una renta irregular (art. 18.2 de la misma ley).
Ten cuidado con las salidas «pactadas». Si el cese es en realidad una baja voluntaria acordada con la empresa y no un despido, Hacienda puede negar la exención y considerar que toda la cantidad tributa.
El finiquito, en cambio, tributa siempre como salario y la empresa te practica la retención de IRPF que corresponda. Te lo explicamos en la guía del finiquito.
Preguntas frecuentes sobre la indemnización por despido improcedente
¿Cuántos días por año me corresponden en un despido improcedente?
33 días de salario por año trabajado, con los periodos inferiores a un año prorrateados por meses. Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el tiempo hasta esa fecha se calcula a 45 días por año y el posterior a 33.
¿Hay un límite máximo?
Sí. En general, 24 mensualidades. En los contratos anteriores a 2012 el límite es de 720 días de salario, o de 42 mensualidades si el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012 ya supera esos 720 días.
¿Puede la empresa readmitirme en lugar de indemnizarme?
Sí. Tras la sentencia que declara el despido improcedente, la empresa tiene cinco días para elegir entre readmitirte o pagarte la indemnización. Si eres representante de los trabajadores o delegado sindical, eliges tú.
¿Cobro la indemnización y también el finiquito?
Sí. Son conceptos distintos. El finiquito incluye el salario pendiente, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra, y se cobra además de la indemnización.
¿Qué salario se usa para calcular la indemnización?
El salario real que cobras en el momento del despido, con las pagas extra y los conceptos salariales habituales, como comisiones o pluses. No se incluyen dietas ni gastos reembolsados. La calculadora lo convierte en salario anual y lo divide entre 365.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido improcedente?
Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido (art. 59.3 ET). Es un plazo de caducidad, así que no lo dejes pasar. Presentar la papeleta de conciliación lo suspende.
¿Puedo cobrar el paro además de la indemnización?
Sí. La indemnización por despido no te impide solicitar la prestación por desempleo al SEPE si cumples los requisitos. Solicítala cuanto antes, porque hay plazos.
¿Va a subir la indemnización por despido en 2026?
A 30 de octubre de 2026, no. La cuantía sigue siendo de 33 días por año. El Gobierno defiende subirla, el Comité de Ministros del Consejo de Europa pidió en junio de 2026 que sea más disuasoria y el Tribunal Supremo ha señalado que el sistema actual es una cuantía tasada, pero no hay ninguna ley aprobada que cambie el cálculo.
Fuentes, metodología y aviso legal
Normativa y fuentes consultadas
- Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido del Estatuto de los Trabajadores (BOE, texto consolidado): arts. 55, 56 y 59.
- Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral: disposición transitoria quinta.
- Ley 35/2006 del IRPF: arts. 7.e y 18.2.
- Art. 55 del Estatuto de los Trabajadores, forma y efectos del despido disciplinario (Cuestiones Laborales)
- Art. 56 del Estatuto de los Trabajadores, despido improcedente (Cuestiones Laborales)
- El Tribunal Supremo rectifica el criterio de cálculo de las indemnizaciones por despido improcedente (Economist & Jurist)
- Indemnización por despido improcedente (INEAF)
- Ficha de cálculo del tope de la indemnización por despido (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid)
- Despido improcedente: la empresa elige entre readmitir o pagar 33 días por año (El Español, 17-03-2026)
- El Consejo de Europa insta a España a reformar el despido para que las indemnizaciones sean disuasorias (El Español, 17-06-2026)
- Trabajo mantiene la reforma del despido improcedente pese al Supremo (Qué!, 13-09-2026)
- Tributación de la indemnización por despido en 2026 (Copilot Gestoría)
- Plazo para reclamar el finiquito (Cuestiones Laborales)
Metodología de la calculadora
- Todos los importes son brutos y se calculan en tu navegador; no guardamos ni enviamos los datos que introduces.
- Salario diario = salario anual ÷ 365. Mensualidad = salario anual ÷ 12.
- La antigüedad se mide en años, meses y días completos entre la fecha de alta y la del despido, ambas incluidas. Los días sueltos se cuentan como fracción de mes (días ÷ 30).
- Contratos desde el 12 de febrero de 2012: 33 días por año con tope de 24 mensualidades. Contratos anteriores: tramo de 45 días hasta el 11 de febrero de 2012 y de 33 días desde el 12 de febrero de 2012; tope de 720 días, o de 42 mensualidades si el primer tramo supera los 720 días, sin sumar entonces el segundo tramo (criterio del Tribunal Supremo desde 2016).
- No calcula despidos anteriores al 12 de febrero de 2012, ni mejoras de convenio o pactos individuales, ni salarios de tramitación, ni despidos colectivos, ni el finiquito.
Aviso legal
Esta página y su calculadora tienen carácter meramente informativo y orientativo. No constituyen asesoramiento jurídico, laboral ni fiscal, y no sustituyen el criterio de un juez ni el de un abogado laboralista. La indemnización definitiva depende de tu salario real, tu antigüedad y las circunstancias de tu caso. Cuánto es mi neto no es un organismo público ni está vinculado al SEPE, a la Seguridad Social ni a la Inspección de Trabajo.
Última actualización: 30 de octubre de 2026.
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