Metodología y fuentes de cálculo

Respuesta rápida: cómo calculamos y de dónde salen las cifras

Cuánto es mi neto calcula sueldo neto, finiquito, indemnización por despido, paro, vacaciones, baja y cuota de autónomos con la normativa vigente en 2026: el Estatuto de los Trabajadores, la Ley General de la Seguridad Social, la normativa del IRPF y las órdenes anuales de cotización. Cada cifra se apoya en una norma publicada o en una fuente que indicamos, y cada guía explica el cálculo paso a paso para que puedas repetirlo con una calculadora de bolsillo.

Esta página recoge lo común a todas las guías y calculadoras: qué norma usa cada una, cómo se pasa del texto legal a la fórmula, qué cifras de 2026 aplicamos, cuándo se actualizan y cuáles son sus límites. Los resultados son una estimación orientativa, no una nómina ni un asesoramiento: para tu caso concreto, contrástalo con tu nómina, tu convenio o un profesional.

Qué calculamos y en qué norma se apoya cada guía

Cada calculadora parte de la norma que regula esa materia. La tabla las relaciona; los artículos concretos y las cifras se explican dentro de cada guía.

MateriaQué calculamosNorma de referenciaGuías
Sueldo netoSeguridad Social del trabajador, retención de IRPF y neto al mes con 12 o 14 pagasOrden PJC/297/2026 (cotización de 2026), Ley 35/2006 del IRPF y algoritmo de retenciones 2026 de la Agencia TributariaCalculadora de sueldo neto, 25.000 € y 30.000 €
Salario mínimoSMI bruto y netoReal Decreto 126/2026Salario mínimo 2026 en neto
NóminaQué significa cada concepto y si las cifras cuadranEstatuto de los Trabajadores y el convenio colectivoCómo leer una nómina
DespidoIndemnización por despido improcedente, objetivo y fin de contrato temporal; plazo para reclamarEstatuto de los Trabajadores (arts. 49, 53, 56 y 59)Tipos de despido, improcedente, objetivo, fin de contrato temporal y plazo para reclamar
Finiquito y vacacionesPartes proporcionales de salario y pagas extra, vacaciones no disfrutadas y vacaciones generadasEstatuto de los Trabajadores (arts. 26, 31 y 38)Finiquito, vacaciones no disfrutadas y vacaciones según tu fecha de alta
Dimisión y permisosPreaviso de dimisión y permisos retribuidosEstatuto de los Trabajadores (arts. 37 y 49) y el convenio colectivoCarta de dimisión y preaviso y permisos retribuidos
ParoDuración, cuantía, topes máximo y mínimo y plazo para pedirloLey General de la Seguridad Social (arts. 262 y siguientes) e información del SEPECalculadora de paro, días de paro, topes y plazo para pedirlo
Baja por incapacidad temporalImporte por días de baja y quién lo pagaLey General de la Seguridad Social (arts. 169 a 176) e información de la Seguridad SocialBaja por incapacidad temporal
AutónomosBase y cuota según los rendimientos netosOrden PJC/297/2026 (art. 18) y nuevo sistema de cotización de la Seguridad SocialCuota de autónomos 2026

Todas las calculadoras están reunidas en el índice de calculadoras laborales, con un buscador.

Cómo calculamos: del texto legal a la calculadora

Todas las guías siguen el mismo proceso, de la norma al resultado:

  1. Leemos la norma o la fuente oficial. Partimos del texto publicado en el BOE o de la información de la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o el SEPE, no de otras calculadoras. Cuando una cifra solo la hemos encontrado en un resumen de terceros, lo decimos en la guía.
  2. Escribimos la fórmula. La guía explica el cálculo paso a paso, con las cifras de entrada a la vista y ejemplos resueltos, para que puedas repetirlo.
  3. La calculadora aplica esa misma fórmula. Se ejecuta en tu navegador: los datos que escribes no se envían ni se guardan en nuestros servidores.
  4. Comprobamos que las cuentas cuadran. En las tablas de sueldos verificamos, fila a fila, que el bruto es igual a la Seguridad Social más el IRPF más el neto, y que 12 meses (o 12 meses normales y 2 pagas extra) suman el neto anual. Los ejemplos resueltos del texto se recalculan con el mismo motor que usa la calculadora.
  5. Ponemos fecha al resultado. Cada guía indica su «última actualización».

Convenciones de cálculo

  • Los importes se redondean al céntimo y se escriben con formato español (1.234,56 €).
  • Salvo que se indique otra cosa, los ejemplos son de un trabajador soltero, sin hijos, con contrato indefinido, jornada completa y régimen general.
  • El sueldo se expresa en bruto anual. Con 12 pagas, las extras van prorrateadas; con 14 pagas, el neto mensual de la guía es el de un mes normal y las dos pagas extra se indican aparte.
  • Si dos fuentes discrepan, manda la norma publicada en el BOE.

Un ejemplo: de dónde sale un neto

Con 30.000 € brutos al año, la Seguridad Social del trabajador es el 6,50 % (1.950 €) y la retención de IRPF es el 16,42 % (4.926 €). El neto es 30.000 − 1.950 − 4.926 = 23.124 € al año, es decir, 1.927 € al mes con 12 pagas. Puedes ver cada paso en la tabla de sueldo bruto a neto y en la calculadora de sueldo neto.

Las cifras de 2026 que usamos y de dónde salen

Estas son las cifras que comparten casi todas las guías. Las que cambian cada año se revisan en enero; las fijadas por ley (días de indemnización, porcentajes del paro) solo cambian si cambia la ley.

CifraValor en 2026Fuente
Salario mínimo interprofesional40,70 € al día, 1.221 € al mes y 17.094 € al año con 14 pagasReal Decreto 126/2026, con efectos desde el 1 de enero
Base máxima de cotización5.101,20 € al mes (61.214,40 € al año)Orden PJC/297/2026
Base mínima de cotización (grupos 4 a 7)1.424,40 € al mesOrden PJC/297/2026
Cotización del trabajador con contrato indefinido6,50 % del bruto: 4,70 % contingencias comunes, 1,55 % desempleo, 0,10 % formación profesional y 0,15 % MEI. Con contrato temporal a tiempo completo, el desempleo es el 1,60 %Orden PJC/297/2026 (contingencias comunes y MEI) y tabla de bases y tipos 2026 de Asepeyo (desempleo y formación profesional)
Cuota de solidaridadSobre la parte del sueldo que supera la base máxima: 1,15 % hasta un 10 % por encima, 1,25 % hasta un 50 % y 1,46 % el resto. Al trabajador le corresponde el 0,19 %, el 0,21 % y el 0,24 %Orden PJC/297/2026 y artículo 19 bis de la Ley General de la Seguridad Social
Retención de IRPFEscala del 19 % al 47 %, mínimo personal de 5.550 € y 2.000 € de gastos deduciblesAlgoritmo de retenciones 2026 y Ley 35/2006
IPREM20 € al día, 600 € al mes y 7.200 € al año con 12 pagas (prorrogado)OCU: SMI e IPREM en 2026
Prestación por desempleo70 % de la base reguladora los primeros 180 días y 50 % después. A jornada completa, máximo de 1.225 €, 1.400 € o 1.575 € al mes con 0, 1 o 2 o más hijos, y mínimo de 560 € (749 € con hijos)Ley General de la Seguridad Social e información del SEPE
Baja por enfermedad común60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y 75 % desde el 21. Paga la empresa del 4.º al 15.º día y el INSS o la mutua desde el 16.º. Hasta 365 días, prorrogables 180 másSeguridad Social: incapacidad temporal
Cuota de autónomos15 tramos de rendimientos netos mensuales (12 de la tabla general y 3 de la reducida), con bases de 653,59 € a 5.101,20 €. Se aplica el 28,30 % de contingencias comunes, el 1,30 % de profesionales y el 0,90 % de MEI, más cese de actividad y formación. A los rendimientos se les resta un 7 % por gastos generalesOrden PJC/297/2026 (art. 18) y Seguridad Social: nuevo sistema de cotización
Indemnizaciones y vacacionesDespido improcedente: 33 días por año, máximo 24 mensualidades. Despido objetivo: 20 días por año, máximo 12 mensualidades. Fin de contrato temporal: 12 días por año. Vacaciones: 30 días naturalesEstatuto de los Trabajadores

Fuentes oficiales y cómo las tratamos

Fuentes oficiales

Fuentes secundarias

En dos casos usamos una fuente que no es oficial: los tipos de desempleo y de formación profesional del trabajador (tabla de Asepeyo, mutua colaboradora con la Seguridad Social) y el IPREM (OCU, organización de consumidores). Lo indicamos junto a la cifra. Otras calculadoras, foros y comentarios de usuarios no son fuente de ninguna cifra: sirven, como mucho, para comparar resultados y detectar diferencias.

Qué hacemos cuando una fuente no es clara

Si la norma admite varias lecturas o no hemos podido comprobar una cifra en el texto oficial, la guía lo dice y recomienda contrastarla con tu nómina, tu convenio o la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o el SEPE.

Actualización y correcciones

Cuándo revisamos las cifras

  • Cada enero, cuando cambian el salario mínimo, las bases y los tipos de cotización, el IPREM, el algoritmo de retenciones y las tablas de autónomos.
  • Cada vez que se publica una norma que afecte a los cálculos. Algunas llegan tarde y se aplican con efectos retroactivos: la orden de cotización de 2026 se publicó en el BOE el 31 de marzo y rige desde el 1 de enero. En esos casos actualizamos las guías en cuanto se publica.
  • Cada guía indica su «última actualización», para que sepas con qué cifras se calculó.

Cómo avisarnos de un error

Si una cifra no coincide con tu nómina o con la norma, escríbenos a [correo de contacto] indicando la página, la cifra y la fuente que has consultado. Revisamos el aviso, corregimos la guía y la calculadora si procede y, cuando la corrección cambia un resultado de forma apreciable, anotamos al final de la guía la fecha y el cambio.

No podemos resolver casos particulares: para eso, acude a tu gestoría, a un asesor fiscal o a un graduado social.

Límites, independencia y publicidad

Qué no cubren las calculadoras

  • Son una estimación orientativa: no sustituyen a tu nómina ni a una resolución del SEPE, la Seguridad Social o la Agencia Tributaria. La cuantía definitiva de una prestación la calcula el organismo con tus datos reales.
  • La retención de IRPF sigue el procedimiento general. No cubre el País Vasco, Navarra, Ceuta y Melilla, que tienen otro régimen, ni las retribuciones variables o en especie, las pensiones compensatorias y otros supuestos poco frecuentes.
  • La retención es un adelanto: el IRPF definitivo se fija en tu declaración de la renta y puede salir a pagar o a devolver.
  • Tu convenio colectivo o tu contrato pueden mejorar lo que fija la ley (complementos en la baja, indemnizaciones superiores, permisos adicionales). Las calculadoras parten del mínimo legal.

Independencia y publicidad

Cuánto es mi neto no es un organismo público ni está vinculado a la Agencia Tributaria, a la Seguridad Social, al SEPE ni a la Inspección de Trabajo. La web se financia con publicidad de Google AdSense. Los anuncios no influyen en las cifras ni en las conclusiones, y nunca se colocan junto a una calculadora ni a sus botones. Nadie nos paga por cambiar un resultado ni por recomendar un producto.

Tus datos

Lo que escribes en una calculadora se procesa en tu navegador y no llega a nuestros servidores. Para saber qué datos recogen las cookies y la publicidad, consulta la política de privacidad y la política de cookies.

Aviso legal

Este contenido es informativo y orientativo. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni jurídico. Para tu caso concreto, consulta tu nómina, a tu departamento de recursos humanos o a un gestor o asesor fiscal. El aviso legal completo identifica al titular de la web.

Última actualización: 2 de noviembre de 2026.

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