Cuántos días de paro te corresponden en 2026
Te corresponden entre 120 y 720 días de paro, según los días que hayas cotizado en los 6 años anteriores a quedarte en desempleo. Necesitas al menos 360 días cotizados para cobrar 120 días de paro, y cada 180 días más de cotización suman 60 días más de prestación, hasta el máximo de 720 días con 2.160 días cotizados o más. La tabla completa está justo debajo.
La duración del paro no depende de tu sueldo, sino solo de los días cotizados. Lo que cobras cada mes depende de tu base de cotización y de los topes del año, y lo explicamos en nuestra calculadora de paro. La calculadora de esta página te da tus días exactos y cuánto te falta para pasar al siguiente tramo. Actualizado a 31 de octubre de 2026.
Tabla de días de paro según los días cotizados (2026)
Busca tu fila: la duración sube de 60 en 60 días cada vez que cumples otros 180 días cotizados, y se mantiene igual dentro de cada tramo.
| Días cotizados en los últimos 6 años | Equivale a, aprox. | Días de paro | Meses de paro |
|---|---|---|---|
| Menos de 360 | Menos de 1 año | 0 (sin prestación contributiva) | 0 |
| De 360 a 539 | De 1 a 1,5 años | 120 | 4 |
| De 540 a 719 | De 1,5 a 2 años | 180 | 6 |
| De 720 a 899 | De 2 a 2,5 años | 240 | 8 |
| De 900 a 1.079 | De 2,5 a 3 años | 300 | 10 |
| De 1.080 a 1.259 | De 3 a 3,5 años | 360 | 12 |
| De 1.260 a 1.439 | De 3,5 a 4 años | 420 | 14 |
| De 1.440 a 1.619 | De 4 a 4,5 años | 480 | 16 |
| De 1.620 a 1.799 | De 4,5 a 5 años | 540 | 18 |
| De 1.800 a 1.979 | De 5 a 5,5 años | 600 | 20 |
| De 1.980 a 2.159 | De 5,5 a casi 6 años | 660 | 22 |
| 2.160 o más | 6 años | 720 | 24 |
Los días son de calendario, como los que ves en tu informe de vida laboral, de modo que un año completo trabajado suma unos 365. Los meses de paro se cuentan de 30 días: 240 días son 8 mensualidades. Si tienes menos de 360 días cotizados no hay paro contributivo, pero puedes tener derecho al subsidio por desempleo.
Calculadora de días de paro: cómo usarla
Calculadora de días de paro 2026
Cuántos días de paro te corresponden según los días que has cotizado y cuánto te falta para el siguiente tramo. Todo se calcula en tu navegador: no enviamos ni guardamos nada.
Escribe tus días cotizados y la calculadora te dice cuántos días de paro te corresponden y cuánto te falta para pasar al siguiente tramo. No calcula cuánto cobrarás al mes: para eso está nuestra calculadora de paro, que usa los mismos días.
- Elige qué dato conoces. Lo más fiable son los días cotizados de tu informe de vida laboral. Si solo sabes cuánto tiempo has trabajado, elige «Años y meses trabajados»: la calculadora cuenta 365 días por año y 30 por mes.
- Escribe el dato. Suma solo los últimos 6 años y resta los días que ya te sirvieron para otro paro o subsidio.
- Pulsa «Calcular días de paro». Te devuelve los días y los meses de paro, el tramo de la tabla en el que estás y los días que te faltan para el siguiente. Si no llegas a 360 días, te dice cuántos te faltan para empezar a cobrar paro.
Después del primer cálculo, el resultado se actualiza solo cuando cambias el dato. Todo se calcula en tu navegador y no guardamos nada.
Cómo se cuentan los días cotizados para el paro
Para calcular tu duración cuentan todos los días que has estado de alta en los 6 años anteriores a quedarte en paro, de cualquier empresa y contrato, siempre que no los hayas usado ya para cobrar otra prestación. Tu informe de vida laboral te da la cifra.
- Dónde ver tus días. Puedes pedir el informe de vida laboral gratis en la sede electrónica de la Seguridad Social. Suma los días de alta de los últimos 6 años, contando hacia atrás desde la fecha en que pierdes el empleo.
- Se suman todos los contratos. Los periodos de distintas empresas se acumulan, aunque haya huecos entre unos y otros. Mientras estén dentro de la ventana de 6 años, cuentan.
- El tiempo parcial cuenta entero. Cada día de alta cuenta como un día completo, trabajes una hora o ocho. Con media jornada durante 6 años alcanzas la misma duración máxima que con jornada completa; lo que cambia es la cuantía mensual, no los días.
- Las vacaciones cuentan. El periodo de vacaciones se computa como cotizado y estás en situación asimilada al alta, de modo que las vacaciones que te paguen en el finiquito suman.
- Tu sueldo no suma días. Ganar más o menos no alarga ni acorta el paro: solo cambia cuánto cobras cada mes.
- No cuentan los días ya usados. Las cotizaciones que ya sirvieron para reconocer un paro o un subsidio anterior no se pueden aprovechar otra vez. Tampoco cuentan las que ingresa el SEPE por ti mientras cobras una prestación.
- Fijos discontinuos. Los periodos de inactividad entre campañas no cuentan como cotizados; solo los días de alta en campaña.
Si tu informe de vida laboral muestra menos días de los que esperabas, revisa que no falte ningún contrato y que ninguno de los periodos quede fuera de la ventana de 6 años.
Cuántos días de paro te corresponden por años trabajados
Como regla práctica, cada año trabajado te da unos 4 meses de paro: un año de trabajo son 120 días de paro, dos años son 240, y seis años alcanzan el máximo de 720. Esta tabla traduce el tiempo trabajado a días cotizados (365 por año) y a días de paro:
| Tiempo trabajado | Días cotizados (aprox.) | Días de paro | Meses de paro |
|---|---|---|---|
| 6 meses | 183 | 0 (sin prestación contributiva) | 0 |
| 1 año | 365 | 120 | 4 |
| 1 año y medio | 548 | 180 | 6 |
| 2 años | 730 | 240 | 8 |
| 2 años y medio | 913 | 300 | 10 |
| 3 años | 1.095 | 360 | 12 |
| 3 años y medio | 1.278 | 420 | 14 |
| 4 años | 1.460 | 480 | 16 |
| 4 años y medio | 1.643 | 540 | 18 |
| 5 años | 1.825 | 600 | 20 |
| 5 años y medio | 2.008 | 660 | 22 |
| 6 años o más | 2.190 | 720 | 24 |
La regla de 4 meses por año es una aproximación: en realidad la duración avanza por saltos de 60 días cada 180 días cotizados, así que con 2 años y 5 meses cobras lo mismo que con 2 años y 1 mes. El máximo se alcanza con 6 años cotizados dentro de la ventana de 6 años; trabajar más tiempo no lo amplía.
Si te falta poco para el siguiente tramo o no llegas a 360 días
El paso de un tramo al siguiente es de golpe: con 539 días cotizados cobras 120 días de paro y con 540 cobras 180, es decir, un solo día de cotización vale 60 días de prestación. Por eso conviene saber exactamente en qué punto de la tabla estás.
Si te falta poco para el siguiente tramo
- Mira tu fecha exacta de alta. Compara los días de tu informe de vida laboral con los de la tabla. La calculadora de esta página te dice cuántos días te faltan para el siguiente tramo.
- Los días que sobran se pierden. Con 400 días cotizados cobras lo mismo que con 360 (120 días) y los 40 días de más quedan agotados al reconocerte la prestación: no se guardan para un paro futuro.
- Las vacaciones cuentan como cotizadas. Si al terminar el contrato te pagan vacaciones no disfrutadas, ese periodo se computa como cotizado y puede acercarte al siguiente tramo. Lo explicamos en el artículo sobre vacaciones no disfrutadas en el finiquito.
- Consulta antes de firmar. Si tu contrato está a punto de terminar y estás cerca de un tramo, comprueba con un asesor las fechas de la carta de fin de contrato antes de firmar nada.
Si no llegas a 360 días
Con menos de 360 días cotizados no te corresponde la prestación contributiva (el paro). Según las fuentes consultadas, puedes tener derecho al subsidio por cotización insuficiente, que exige menos días cotizados (desde 90 en algunos casos) y, además, cumplir los requisitos de rentas y de situación familiar. Es una ayuda menor que el paro: hoy parte del 95 % del IPREM, es decir, 570 € al mes. Consulta en el SEPE qué subsidio te corresponde.
Casos especiales: si ya cobraste paro, fijos discontinuos, desempleo parcial y pago único
La tabla es la misma para todos, pero tus días cotizados y los días que te quedan pueden cambiar en estas situaciones.
Si ya has cobrado paro antes
Los días que ya te sirvieron para una prestación no cuentan otra vez. Lo que pase con los días de paro que no llegaste a gastar depende de cuánto has trabajado después:
- Menos de 12 meses trabajados. El paro anterior queda suspendido, no perdido. Si pierdes ese trabajo sin quererlo, puedes reanudarlo con los días que te quedaban, siempre que lo pidas en el plazo de 15 días hábiles.
- 12 meses o más, en uno o varios trabajos. Desde noviembre de 2024 este supuesto cuenta también la suma de varios trabajos. El paro anterior se extingue y, si generas uno nuevo, eliges entre reabrir el antiguo, con los días que te quedaban, o cobrar el nuevo, calculado con tus últimas cotizaciones. No puedes cobrar los dos, y lo que no eliges se pierde.
Para elegir tienes un plazo corto desde que te notifican el nuevo paro, y conviene hacerlo por escrito y guardar el justificante. Si dudas, compara las dos opciones con las cuantías reales antes de decidir.
Si eres fijo discontinuo
Solo cuentan los días de alta en campaña. Los periodos de inactividad entre campañas no suman como cotizados, así que tu tramo depende de los días que realmente hayas trabajado en los últimos 6 años.
Si estás en desempleo parcial
Si pierdes parte de tu jornada (por ejemplo, por una reducción de jornada con prestación), el paro se consume por horas y no por días, según el porcentaje de reducción. Por eso los días de paro «gastados» no coinciden con los días naturales.
Si capitalizas el paro
Si pides cobrar el paro de una sola vez para montar un negocio, la prestación queda agotada y no puedes volver a ella después.
Ejemplos resueltos: cuántos días de paro te corresponden
Estos ocho casos están calculados con la calculadora de esta página.
Ejemplo 1: un año de contrato, 365 días cotizados
Estás en el tramo de 360 a 539 días, así que te corresponden 120 días de paro (4 meses). Para pasar al tramo de 180 días te faltan 175 días cotizados.
Ejemplos 2 y 3: un día lo cambia todo, 539 y 540 días
Con 539 días cotizados cobras 120 días de paro. Con 540 cobras 180 días: un solo día de cotización más suma 60 días de prestación.
Ejemplo 4: dos años y medio, 900 días cotizados
Estás justo al principio del tramo de 900 a 1.079 días, que da 300 días de paro (10 meses). Hasta los 1.080 días, que dan 360 días de paro, te faltan 180 días.
Ejemplo 5: tres años y un mes, unos 1.125 días cotizados
Con 3 años (3 × 365 = 1.095 días) y 1 mes (30 días) suman 1.125 días. Estás en el tramo de 1.080 a 1.259 días: 360 días de paro (12 meses). Para el tramo de 420 días te faltan 135 días.
Ejemplo 6: más de seis años, 3.000 días cotizados
Solo cuentan los últimos 6 años (unos 2.190 días), y con 2.160 ya tienes el máximo: 720 días de paro (24 meses). Los días de más no suman.
Ejemplo 7: medio año, 200 días cotizados
Con menos de 360 días no hay prestación contributiva. Te faltan 160 días para llegar al mínimo de 120 días de paro; mientras tanto, puede que te corresponda el subsidio.
Ejemplo 8: con vacaciones en el finiquito, 525 + 30 días
Con 525 días cotizados te corresponderían 120 días de paro. Si al terminar el contrato te pagan 30 días de vacaciones no disfrutadas, ese periodo se computa como cotizado y sumas 555 días: pasas al tramo de 540 a 719, que da 180 días de paro, 60 más. Eso sí, el paro empieza cuando termina ese periodo de vacaciones.
Resumen de los ejemplos
| Ejemplo | Días cotizados | Días de paro | Meses de paro | Días que faltan para el siguiente tramo |
|---|---|---|---|---|
| 1. Un año de contrato | 365 | 120 | 4 | 175 |
| 2. A un día del tramo | 539 | 120 | 4 | 1 |
| 3. Justo en el tramo | 540 | 180 | 6 | 180 |
| 4. Dos años y medio | 900 | 300 | 10 | 180 |
| 5. Tres años y un mes | 1.125 | 360 | 12 | 135 |
| 6. Más de seis años | 3.000 (cuentan 2.190) | 720 | 24 | Máximo alcanzado |
| 7. Medio año | 200 | 0 | 0 | 160 hasta los 360 |
| 8. Con vacaciones en el finiquito | 555 | 180 | 6 | 165 |
Preguntas frecuentes sobre los días de paro
¿Cuántos días de paro me corresponden por un año trabajado?
120 días, es decir, 4 meses. Un año de trabajo suma unos 365 días cotizados, que caen en el tramo de 360 a 539 días.
¿Cuántos días de paro me corresponden por dos años trabajados?
240 días, es decir, 8 meses. Dos años suman unos 730 días cotizados, dentro del tramo de 720 a 899 días.
¿Cuántos días tengo que cotizar para cobrar el paro?
Como mínimo, 360 días en los 6 años anteriores a quedarte en desempleo, sin haberlos usado ya para otra prestación. Con menos no hay paro contributivo.
¿Cuántos días de paro me corresponden si he trabajado solo 6 meses?
Ninguno de paro contributivo, porque 6 meses son unos 183 días y el mínimo es 360. Según tu situación familiar y de rentas, puedes tener derecho al subsidio por desempleo.
¿Cuál es la duración máxima del paro?
720 días, es decir, 24 meses. Se alcanza con 2.160 días cotizados o más dentro de los últimos 6 años.
¿Se pierden los días cotizados que sobran del tramo?
Sí. Con 400 días cotizados cobras 120 días, igual que con 360, y los 40 días de más quedan agotados cuando te reconocen la prestación. No se guardan para una prestación posterior.
¿Cuántos días de paro tengo si ya he cobrado antes?
Los días que ya te sirvieron para un paro anterior no cuentan otra vez. Si no gastaste todos los días de la prestación anterior, puedes reanudarla o elegir entre ella y la nueva, según los meses que hayas trabajado después.
¿La duración del paro depende de mi sueldo?
No. Depende solo de los días cotizados. Tu sueldo, en cambio, decide cuánto cobras cada mes, con un mínimo y un máximo que dependen de tus hijos a cargo y de tu jornada.
Fuentes, metodología y aviso legal
Normativa de referencia
- Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015): artículo 269 (duración de la prestación, con la escala del apartado 1, las cotizaciones no computables del apartado 2, la reapertura u opción del apartado 3, las vacaciones del apartado 4 y el desempleo parcial del apartado 5), artículo 266 (requisitos), artículo 268 (solicitud y plazo) y artículos 271 y 272 (suspensión y extinción).
- Real Decreto 625/1985, de desarrollo de la protección por desempleo: artículo 3.4 (cómputo de los días de alta en los contratos a tiempo parcial, según la redacción del Real Decreto 950/2018) y artículo 25.2 (elección entre prestaciones).
- Real Decreto-ley 2/2024: reforma del subsidio por desempleo.
Fuentes consultadas
- Artículo 269 de la LGSS, duración de la prestación (Cuestiones Laborales)
- Requisitos y cuantía del paro en el trabajo a tiempo parcial (Cuestiones Laborales)
- Derecho de opción en el paro (Cuestiones Laborales)
- ¿Cómo se cuentan los días cotizados por desempleo en los contratos a tiempo parcial? (Lo Entiendo)
- ¿Puedo conservar los días de paro que he cotizado de más? (Lo Entiendo)
- Cuánto se cobra de subsidio (Lo Entiendo)
Cómo se calcula
- Escala. La duración sale de la tabla del artículo 269.1 de la LGSS: de 120 días con 360 días cotizados a 720 días con 2.160 o más, subiendo 60 días por cada 180 días cotizados. La propia ley permite al Gobierno modificar esa escala, así que conviene revisarla cada año.
- Días cotizados. Si introduces los días, se usan tal cual, con un límite de 2.190 (los 6 años de la ventana). Si introduces años, meses y días, se convierten con 365 días por año y 30 por mes.
- Meses de paro. Se calculan dividiendo los días de paro entre 30.
- Siguiente tramo. Es la diferencia entre el inicio del tramo siguiente de la tabla y tus días cotizados.
- Qué no incluye. La cuantía mensual, el subsidio, el cómputo en otros países, el desempleo parcial por horas y el derecho de opción.
- Contraste. Las fórmulas de la calculadora se han comparado con una segunda implementación independiente en cientos de casos distintos, incluidos los días límite de cada tramo.
Aviso legal
La información de esta página es orientativa y no constituye asesoramiento jurídico ni laboral. Cuánto es mi neto no es un organismo público ni está vinculado al SEPE, a la Seguridad Social ni a la Inspección de Trabajo. La duración definitiva de tu prestación la determina el SEPE con tus cotizaciones reales. Si tu caso es complejo o la resolución no te cuadra, consulta con un profesional del derecho laboral o con un sindicato.
Última actualización: 31 de octubre de 2026.